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En la tramitación de todo expediente por una Administración Pública (ya sea sancionador, tributario, responsabilidad patrimonial, etc.) resulta muy frecuente que las notificaciones personales dirigidas a los interesados no surtan efectos, bien porque dichos interesados sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien cuando, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar. En tales casos, las Administraciones suelen recurrir a la notificación edictal en tablones de anuncios o diarios oficiales.