El TJUE decidirá el próximo 21 de diciembre acerca de la retroactividad de las cláusulas suelo |
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Si bien el Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo que ha examinado en todas sus sentencias, ha introducido una doctrina por la cual se limitan sus efectos, estableciendo que la devolución de las cantidades abonadas en virtud de tales cláusulas debe producirse únicamente desde el 9 de mayo de 2013 – fecha de la primera resolución del Supremo acerca de la nulidad de estas cláusulas-, que puede considerarse como contraria a la normativa europea.
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