Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para optimizar tu navegación, adaptarse a tus preferencias y realizar labores analíticas. Al continuar navegando aceptas nuestras Política de Cookies.
miércoles, 17 de septiembre de 2025  
PRESENTACIÓN SERVICIOS ESPECIALISTAS MÉTODO DE TRABAJO LABORATORIO HEMEROTECA SEDES RRHH
Servicios para empresas y particulares
Servicios para profesionales
Servicios para empresas y particulares
Servicios para profesionales
Contaminación por ruidos: importantes indemnizaciones
Bonos convertibles en acciones: falta de información
Los productos estructurados como inversiones financieras complejas
Valores Santander: comercialización incorrecta y vías de reclamación
Ir a Laboratorio >>
ERTEs: Un arma de doble filo para las empresas

Las eventuales conductas fraudulentas de las empresas en relación con las medidas extraordinarias decretadas en materia laboral durante el estado de alarma podrían dar lugar a revisiones de oficio por la entidad gestora o a demandas de aquellos trabajadores disconformes con su inclusión en un ERTE.

A nadie le es ajeno que nos encontramos en una situación socioeconómica crítica en la que los agentes sociales tienen que tomar decisiones complejas y asumir compromisos de calibre y consecuencias inciertas.

Si alguna certeza puede extraerse de esta coyuntura, es que la figura de los ERTEs y toda su regulación ha suscitado un sinfín de cuestiones de difícil respuesta para empresas y trabajadores habida cuenta que en este contexto de paralización abrupta de la economía se hace necesario un conocimiento profundo y detallado de esta novedosa figura.

En este sentido, si bien es cierto que se presentan como una buena opción para paliar  los rigores económicos (ahorro de salarios y de la aportación empresarial a la Seguridad Social, en algunos casos), no es menos cierto que su acogimiento supone la asunción de un gravoso compromiso de “mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad”.

Aunque este compromiso carece -por el momento- de una definición concreta y precisa, sí parece claro que las empresas incumplidoras y que incurran en conductas fraudulentas se verán obligadas -ya sea tras una revisión de oficio o tras una demanda de un trabajador- a la devolución de todos los beneficios extraordinarios obtenidos: salarios ahorrados y cuotas a la Seguridad Social exoneradas.

Unive Abogados recomienda que contacte con nuestros profesionales para un asesoramiento integral y especializado que le permita tomar decisiones y asumir riesgos de un modo fundado y prudente.

Si tiene cualquier duda sobre la aplicación de estas medidas o la tramitación de las mismas, le invitamos a ponerse en contacto con Unive Abogados ya sea a través de su abogado de referencia o mediante las vías de contacto que figuran a continuación:

¿Tiene algún problema o alguna duda que podamos resolverle?
Formule su consulta y le orientaremos gratuitamente
Consulta
Email:
Nombre:
Teléfono:
Dirección:
Poblacion:
Provincia:
GRUPO UNIVE SERVICIOS JURÍDICOS SL le recabará los datos necesarios para poder responder a la consulta formulada y poder solicitarle información relacionada en caso de ser necesario. También le informamos de sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de datos u oposición, incluida la oposición a decisiones individuales automatizadas, así como el ejercicio de derechos ante la autoridad de control. Política de privacidad
VOLVER ATRÁS >>
Aviso legal · Política de Cookies · Política de privacidad· Política de Calidad. Política de Calidad y Medio Ambiente · info@unive.es · 900 103 382 · Horario de Atención Comercial de 9:00 a 14:00 y de 16:30 a 20:00 · Versión Móvil