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domingo, 20 de abril de 2025  
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Derecho de acceso a los datos de carácter personal

Conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), y en el artículo 13 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales 3/2018, los interesados tendrán derecho a obtener del responsable del tratamiento confirmación de si se están tratando o no datos personales que le conciernen y, en tal caso, derecho de acceso a los datos personales.

En consecuencia, cualquier persona que desee saber qué información de carácter personal figura en los tratamientos de una determinada entidad como puede ser una entidad bancaria, una compañía de seguros o una compañía de telecomunicaciones puede solicitar de la misma que se le facilite toda la información, tales como deudas pendientes, contratos, y todo tipo de documentación obrante en la misma.

El responsable del tratamiento de la determinada entidad tendrá un plazo máximo de un mes para remitirnos la información y, en el supuesto de que no se acceda por parte de la concreta entidad a nuestras pretensiones, el titular de los datos tendrá derecho a interponer la correspondiente denuncia de tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos para que sea ésta quien conmine a la entidad a hacer efectivo nuestro derecho de acceso, so pena de incurrir en responsabilidad administrativa.

En UNIVE Abogados nos ponemos a su entera disposición a fin de hacer efectivo su derecho de acceso frente a cualquier entidad, así como para brindarle asesoramiento especializado al respecto.

Datos del afectado:
Particular Empresa o Sociedad
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