Tras la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Protección de Datos (UE) 2016/679 (en adelante RGPD), y la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales 3/2018 (en adelante LOPDGDD) se han puesto en marcha numerosos cambios sustanciales, mereciendo especial mención la transformación que ha sufrido la recogida, prestación y revocación del consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal.
Esto supone que el Responsable del Tratamiento tiene que modificar la forma en la que se recoge el consentimiento, y revisar y adecuar los consentimientos para el tratamiento de datos personales que ya fueron prestados en su día, conforme a la antigua Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999 de 13 de diciembre, a fin de que se satisfagan las exigencias de la nueva norma europea.
Conforme a los dispuesto en el RGPD 679/2016, de 27 de abril y la LOPDGDD 3/2018, de 5 de diciembre, el consentimiento tácito o presunto ya no es válido, siendo aceptable únicamente el consentimiento expreso, inequívoco.
El consentimiento deberá darse para todas las actividades de tratamiento realizadas con el mismo o los mismos fines. Cuando el tratamiento tenga varios fines, deberá prestarse el consentimiento para cada uno de ellos. De una forma u otra, el Responsable del Tratamiento tendrá que demostrar o acreditar que dispone del consentimiento para tratar los datos.
Cuando el consentimiento del interesado se tenga que prestar a partir de una solicitud por medios electrónicos, tal solicitud ha de ser clara, concisa y no perturbar innecesariamente el uso del servicio para el que se presta.
En el caso de que el Responsable de Tratamiento no se adapte a las nuevas exigencias normativas establecidas en el RGPD y la LOPDGDD 3/2018, podrá incurrir en sanciones que van desde los 40.000 euros hasta los 300.000 euros, las cuales podrán ser inferiores o superiores en función de que la infracción sea considerada como muy grave, grave o leve.
Desde UNIVE Abogados ofrecemos la realización de todas aquellas tareas relacionadas con la implantación del Reglamento Europeo de Protección de Datos y la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, para que las empresas de cualquier ámbito se encuentren en perfectas condiciones de adaptación. A su vez, ofrecemos la posibilidad de asumir la función de Delegado de Protección de Datos, ya que disponemos de profesionales con conocimientos especializados en dicha materia.