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sábado, 12 de octubre de 2024  
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Derechos de los trabajadores de clínicas dentales low cost

Los medios de comunicación se están haciendo eco de los incumplimientos contractuales que algunas firmas de Clínicas Dentales "Low Cost" están teniendo con sus trabajadores en nuestro país.

Estos incumplimientos van desde impagos de los salarios a los trabajadores, a retrasos continuados en el pago de los mismos, realizando también modificaciones de jornada de forma unilateral sin seguir el procedimiento legalmente establecido para ello; en muchos casos, también les obligan a realizar jornadas de 10 ó 12 horas diarias.

Todo esto causa un grave perjuicio a los trabajadores, por lo que muchos de ellos están abandonando sus puestos de trabajo, lo que supone dejar la empresa sin derecho a indemnización, ni derecho a prestación por desempleo.

Otra medida que están utilizando estas empresas para eliminar el exceso de trabajadores que no pueden -o no quieren- mantener, es realizar despidos disciplinarios a sus trabajadores sin causa real que sustente los citados despidos, evitándose de este modo preavisos, negociones colectivas, y otras dilaciones en el tiempo que son requeridas por la Ley para poder extinguir el contrato de los trabajadores de forma correcta y con garantías de sus derechos.

Ante estos incumplimientos, los trabajadores pueden emprender acciones legales para la defensa de sus derechos laborales, entre las que podemos destacar las siguientes:

Frente a los impagos de nóminas o retrasos continuados en el abono de los salarios, los trabajadores pueden optar por reclamar las cantidades adeudadas, o, incluso, si estos impagos son continuados en el tiempo, o si las empresas se retrasan en el pago de las nóminas de forma persistente, pueden optar por extinguir su contrato de trabajo de forma indemnizada, con derecho a la indemnización correspondiente al despido improcedente y derecho a prestación por desempleo, si tienen las cotizaciones necesarias.

Ante las modificaciones de jornada, dentro de los 20 días siguientes a su efectividad, se pueden impugnar si no están justificadas, o si causan un perjuicio al trabajador; éste puede pedir la extinción de su contrato con una indemnización de 20 días por año de servicio.

En cuanto a las horas extraordinarias realizadas y no abonadas ni compensadas con descansos, se puede reclamar su pago siempre que haya prueba documental o testifical que las acrediten.

En el caso de despidos disciplinarios no justificados, éstos pueden ser reclamados dentro de los 20 días siguientes a la fecha de efectos, pudiendo obtener indemnizaciones de 33/45 días por año de servicio, e, incluso, éstos pueden llegar a ser considerados nulos por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley, obligando a la empresa a readmitir a los trabajadores afectados y al abono de sus salarios desde el despido hasta la fecha de sentencia.

Por todo ello, si usted es trabajador de una Clínica "Low Cost" o de cualquier otra empresa, y está siendo víctima de los incumplimientos que hemos relatado, puede ponerse en contacto con nosotros, y desde el Departamento Laboral de UNIVE Abogados estudiaremos la viabilidad de su caso de forma gratuita y le prestaremos asesoramiento especializado sin ningún compromiso.


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