Todos hemos sentido alguna vez la curiosidad de conocer cuáles son los resultados de los principales buscadores de internet al introducir nuestro nombre. Sin embargo, en ocasiones sorprende comprobar cómo aparecen datos o hechos indeseados y/o que forman parte de nuestro pasado. En ocasiones pueden dañar la imagen personal o son datos que deberían haber desaparecido hace años, pudiendo causar perjuicios. Ante esta situación, ¿Se puede obligar al buscador a eliminarlos?
El Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales 3/2018, establecen que el interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la cancelación de datos en internet, para aquellos supuestos en los que la información relativa a los mismos no responda a los requisitos y exigencias contempladas en ambos textos normativos. Asimismo, se recoge la posibilidad de que el ciudadano lleve a cabo acciones encaminadas a bloquear, de manera temporal, el tratamiento de sus datos de carácter personal, cuando exista algún tipo de duda respecto a la licitud del tratamiento efectuado; consecuentemente, ello implica una limitación en el tratamiento de los datos.
La problemática de cómo ejercitar los derechos de acceso, cancelación o rectificación de estos datos introduce una serie de interrogantes: ¿Ante quién debemos dirigirnos para ejercer nuestros derechos? ¿Qué se debe hacer si el buscador no actúa de forma adecuada a mis intereses? Estas no son sino algunas de las dudas que el "derecho al olvido" nos plantea, las cuales ha sido resueltas con el RGPD y la LOPDGDD.
A este respecto, también el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, a través de su sentencia de 13 de mayo de 2014, estableció que los motores de búsqueda por internet son los responsables del tratamiento de estos datos, pues su funcionamiento provoca que al introducir el nombre de la persona afectada o determinadas palabras clave aparezcan los datos que afectan a su ámbito privado.
El RGPD, así como la LOPDGDD, tienen en cuenta el aumento sustancial de los flujos transfronterizos de datos personales, además de la dificultad que se puede generar en relación con los buscadores de ámbito internacional que actúen fuera de la Unión Europea, por lo que establecen que, aunque la empresa y el tratamiento de esos datos se encuentren fuera de la Unión Europea, deberán respetar las exigencias normativas si tienen una sucursal o filial en ésta.
Se ha desarrollado el derecho a una indemnización para las personas que sufran daños y perjuicios materiales o inmateriales como consecuencia de una infracción del RGPD y de la LOPDGDD, así como multas administrativas y sanciones para las empresas que lo incumplan, por lo que se ha protegido con mayor rigidez a las personas físicas respecto a sus derechos.
Este debate exige, por tanto, un análisis pormenorizado anterior al ejercicio de este derecho, en aras a escoger la vía más adecuada en función de los intereses del cliente.
Desde UNIVE Abogados ofrecemos pleno asesoramiento a todos aquellos interesados en ejercitar su derecho al olvido, poniendo a su entera disposición los mejores medios y conocimientos en materia de protección de datos para conseguir el éxito en su reclamación.