Los recientes informes que los peritos del Banco de España han remitido a la Audiencia Nacional en el caso Bankia son concluyentes: la información que Bankia lanzó al mercado durante los meses posteriores a su salida a bolsa no reflejaba la realidad económico-financiera de la entidad. Dicha información abre la posibilidad de obtener el reembolso de su inversión a aquellos que adquirieron sus acciones tras el 20 de julio de 2011. Las Sentencias del Tribunal Supremo de 3 de febrero de 2016 confirman dicha tesis, al menos para los que adquirieron con anterioridad al 25 de mayo de 2012.
El Tribunal Supremo ha colocado en la reformulación de cuentas el primer hito que permite comprobar la irrealidad de las cuentas de la entidad desde el inicio de la cotización de las acciones. En consecuencia, todas las inexactitudes contables que han permitido adquirir contratos de adquisición de acciones en la OPS son igualmente aplicables a quienes adquirieran acciones de la entidad con anterioridad al 25 de mayo de 2012.
En consecuencia, los inversores que adquirieron sus acciones tras la OPS –y que han encontrado cerrado el acceso al procedimiento penal que se lleva en la Audiencia Nacional- encuentran una vía para reclamar una indemnización por el perjuicio que las adquisición de las acciones les ha causado, pues la actuación llevada a cabo por Bankia en ese periodo temporal es contraria a la Ley del Mercado de Valores, de manera que el ejercicio de una acción indemnizatoria por responsabilidad civil o de anulación queda expedita.
Si bien no puede prejuzgarse el resultado final, tanto la normativa aplicable al efecto como el perjuicio causado a los accionistas son claros y objetivos: el valor de las acciones se encontraba artificialmente hinchado como consecuencia de la errónea información que Bankia enviaba al mercado, por lo que la caída de la cotización de la acción, que desembocó en el contrasplit de abril de 2013, ha provocado una pérdida para los accionistas cercana al total de su inversión
Aquellos que adquirieron sus acciones tras el 20 de julio de 2011 ven abierta así la posibilidad de ejercitar una acción civil de responsabilidad contra Bankia, cuya prescripción debe evitarse, lo que se conseguirá en todo caso mediante el ejercicio de la reclamación extrajudicial con anterioridad a abril de 2016.