Los tribunales españoles anulan con frecuencia las graves sanciones que impone la Agencia Española de Protección de Datos por infracciones de la LOPD. Las definiciones que se contienen en las normas sobre protección de datos adolecen de ciertas dosis de imprecisión que permiten diversas interpretaciones. La Agencia de Protección de Datos, olvidando los principios del derecho sancionador, suele interpretar los preceptos de la Ley de una manera bastante amplia, dando lugar a numerosas revocaciones por parte de los tribunales, los cuales aplican la norma de un modo mucho más restrictivo.
Si bien las normas sobre protección de datos son relativamente recientes, podemos afirmar que existe ya una abundante jurisprudencia que permite extraer criterios de imposición de sanciones, lo que resultará útil a los interesados tanto desde un punto de vista preventivo como paliativo de una eventual sanción de la Agencia de Protección de Datos.
Según nuestra experiencia, la posibilidad de verse afectado por una sanción de la Agencia de Protección de Datos es independiente de la actividad de la empresa que procede al tratamiento de datos o del tamaño de ésta. Un somero análisis de la jurisprudencia nos permite concluir que los casos en los que se han impuesto sanciones de hasta 600.000 euros son completamente heterogéneos entre sí, pues las sanciones pueden imponerse a empresas de sectores que manejan datos sensibles, como una clínica, y a otros como sindicatos, ayuntamientos o empresas de servicios y publicidad.
La cuestión principal es que suelen existir graves discrepancias entre los criterios que maneja la Agencia de Protección de Datos y los que utiliza la jurisprudencia para resolver los asuntos de manera definitiva. Por tal motivo, creemos que en esta materia los interesados deben realizar en primer término cuantas actuaciones preventivas sean necesarias para evitar la apertura de cualquier procedimiento sancionador. Si finalmente se enfrentaran a una posible sanción, su actuación en el ámbito probatorio de argumentativo dentro del procedimiento administrativo resultará de gran importancia para evitar la sanción, o para defenderse en un eventual proceso judicial si finalmente la sanción fuera impuesta. Por último, en todos los casos en los que la Agencia proceda a imponer una sanción, será conveniente obtener asesoramiento respecto de las opciones de reducción o eliminación de aquélla que existirían de acudir a un proceso judicial.