El precio de la atractiva venta de vehículos usados o de segunda mano se rige principalmente por dos aspectos: el kilometraje y la antigüedad. Ocurre con más frecuencia de lo deseable que, en un corto lapso de tiempo tras la venta, el vehículo adquirido presente manipulaciones o averías que no son apreciables a simple vista, o incluso defectos que hagan al vehículo completamente inhábil para el uso al que iba destinado (aliud pro alio). Sin embargo, las víctimas afectadas por este tipo de prácticas disponen de diferentes vías de reclamación contra el vendedor.
Antes de iniciar cualquier proceso judicial, es necesario estar seguros de la manipulación que se ha llevado a cabo o el tipo de avería y sus causas. Lo más conveniente es acudir a un taller oficial de la marca de nuestro vehículo, para que consigne en un informe o certificado tanto el estado del vehículo como el kilometraje real. Una vez detectado y acreditado el vicio del vehículo, las posibilidades de actuación dependerán de si el vehículo se ha adquirido de un profesional o de un particular.
Entre particulares, la Ley otorga al comprador dos posibilidades, compatibles entre sí.
La primera de ellas se manifiesta a través del saneamiento por vicios ocultos de la cosa vendida. Si el vendedor no conocía el trucaje practicado o el desperfecto en el vehículo, el comprador podrá optar entre desistir del contrato abonándosele los gastos que pagó o que se realice una rebaja proporcional en el precio de compra. Si, por el contrario, el vendedor era conocedor de los vicios ocultos, además de las acciones legales anteriormente detalladas, y en caso de optar por la rescisión del contrato, podrá solicitar una indemnización por daños y perjuicios. Estas acciones se extinguirán a los seis meses, contados desde la entrega del vehículo.
Por otra parte, en caso de que la manipulación o el desperfecto sean de tal calibre que pueda considerarse que la gravedad del incumplimiento por parte del vendedor supone la entrega de una cosa distinta a la pactada, la Ley otorga al comprador insatisfecho la posibilidad de resolver unilateralmente el contrato, con el resarcimiento de daños y abono de intereses correspondiente. Para el ejercicio de esta acción, sin embargo, el plazo es el general de prescripción de cinco años a contar desde la compraventa.
Estas mismas opciones se dan cuando el vehículo se adquiere de un concesionario de compraventa de segunda mano, es decir, de un profesional de la automoción; en este supuesto, además, podrá traer consigo la ineficacia del contrato de crédito destinado a su financiación, por tratarse de un contrato de consumo vinculado a la obtención de un crédito. No obstante, debe tenerse en cuenta que, en este caso, resulta de aplicación también lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, existiendo algunas especialidades en cuanto al tipo de acción a ejercitar y el plazo para ello (nunca menos de 1 año), debiendo destacar que la acción de resolución por incumplimiento deviene incompatible con el ejercicio de la acción derivada del saneamiento por vicios ocultos de la compraventa.
La jurisprudencia menor ha tenido oportunidad de pronunciarse en diversas ocasiones sobre compraventas de vehículos de segunda mano con vicios de tal gravedad, que se ha acabado considerando entrega de cosa diversa a la pactada (aliud pro alio), reconociendo el pleno incumplimiento por inhabilidad del objeto. Cabe mencionar, entre otras: la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra de 11 de julio de 2007, en la que la alteración del odómetro en más de 100.000 kilómetros justifica la resolución contractual, al suponer un incumplimiento del deber de entregar lo que el comprador está adquiriendo; o la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 20 de diciembre de 2010, en la que la pérdida de potencia del motor del vehículo obligó a su comprador a llevarlo en múltiples ocasiones al taller, sin que, tras diversas reparaciones efectuadas, se consiguiese la subsanación definitiva.
Si ha sido usted perjudicado por este tipo de prácticas, desde Unive Abogados nos ponemos a su disposición para ofrecerle un asesoramiento gratuito en la materia e indicarle las vías de actuación más beneficiosas según su caso.