La relevante Sentencia 1078/2024, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, abre una nueva vía para la protección de los derechos de los funcionarios interinos, reconociendo su derecho a la consolidación del grado personal cuando hayan estado sometidos a una larga y fraudulenta contratación temporal.
Nuestro Alto Tribunal ha sido claro: el grado personal (también conocido como carrera profesional), forma parte de las “condiciones de trabajo”. Por tanto, el modo de adquirirlo es aplicable tanto a funcionarios de carrera como interinos.
Esto conlleva que no se puede excluir a los funcionarios interinos de este derecho basándose exclusivamente en la naturaleza temporal de su contrario, especialmente cuando esta temporalidad se ha prolongado de forma abusiva por la Administración. Así lo concluye la Sala Tercera: “si la relación de empleo temporal es de larga duración, con abuso de la condición de interino, tal funcionario interino tiene derecho al reconocimiento del grado en las mismas condiciones que los funcionarios de carrera”
Esta decisión alinea la normativa española con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, garantizando una condiciones más justas y equitativas en el empleo de duración determinada y poniendo freno a los abusos en la contratación temporal de la Administración.
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