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Expropiación para la construcción de autovías: pago del justiprecio

La problemática que analiza la sentencia consistía en la pretensión del Estado de no hacerse cargo del pago de las expropiaciones que las empresas concesionarias de las Autopistas Radiales de Madrid y la Autopista del Mediterráneo AP-7 Vera-Alicante no podían satisfacer al hallarse en concurso de acreedores.

Sin embargo, la Sentencia del Supremo considera que el Estado es responsable subsidiario del pago de las expropiaciones a los propietarios afectados, en contra de lo pretendido por el Ministerio de Fomento, cuya oposición se basaba en que eran los mismos propietarios afectados quienes debían entenderse con las empresas concursadas, lo que en la práctica significaba que los afectados no llegarían a cobrar ni la expropiación ni  sus intereses.

La Sentencia del Tribunal Supremo zanja así la cuestión de un modo tajante, declarando que siendo el Estado el promotor de las Autopistas y quien las diseñó, no puede ahora desentenderse del pago de las expropiaciones a los afectados.

El Tribunal Supremo abre así la vía judicial para que todos los expropiados procedan a cobrar los justiprecios con los intereses de demora al Ministerio. Para ello, y ante el importe económico de las expropiaciones, se prevé que la única vía segura para cobrar estas cantidades sea a través de los Tribunales de Justicia, quienes garantizan un procedimiento rápido y más sencillo para cobrar no solo el principal, sino los intereses de demora y las costas judiciales. Es previsible que aquellos que no acudan a los Tribunales tarden multitud de años en cobrar y que puedan incluso no cobrar los intereses.

Las Autopistas cuyas concesionarias han instado concurso de acreedores, son las siguientes:

R5: Madrid-Navalcarnero.

AP-41 Madrid-Toledo.

R-4 Madrid-Ocaña.

AP-36 Ocaña -La Roda.

R-3 Madrid-Arganda.

R-2 Madrid-Guadalajara.

AP-7 Vera-Alicante.

Desde Unive Abogados y su red de colaboradores (Catedráticos y Profesores Titulares de Derecho Administrativo), se ofrece la posibilidad de acudir a los Tribunales para reclamar el pago al Ministerio de Fomento de las expropiaciones que las empresas concesionarias de las Autopistas Radiales de Madrid y la Autopista del Mediterráneo AP-7 Vera- Alicante no abonaron en su momento  al hallarse en concurso de acreedores.

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