En noviembre de 2017 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, dándose por transpuestas así las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, que entrará en vigor el próximo día 9 de marzo de 2018.
Si usted, titular de una PYME, está interesado en concertar, por primera vez, un contrato con una Administración, o bien ya los ha venido realizando, debe conocer las modificaciones introducidas por la Ley de Contratos del Sector Público.
Habida cuenta de la significación económica de la contratación pública, que representa en torno al 20 % del PIB, conviene tener muy presentes las novedades introducidas por la Ley 9/2017 en la materia, en especial las que facilitan el acceso de las PYMEs a la adjudicación de contratos públicos.
Así, entre las novedades que se contienen en la citada Ley 9/2017, podemos destacar las siguientes:
- Se elimina la posibilidad de contratación sin previa publicidad, independientemente de la cuantía del contrato.
- Se potencia el acceso de las PYME a la contratación pública:
- al prever la obligatoriedad de dividir en lotes los contratos susceptibles de fraccionamiento.
- al eliminar el requisito de solvencia técnica vinculado a la realización anterior de trabajos con la Administración.
- al cambiar el criterio de adjudicación de la «oferta económica más ventajosa», por el de una «mejor relación calidad-precio».
- Se refuerzan las medidas para luchar contra la morosidad, estableciendo, entre otras, la obligación de depositar cada factura en un registro electrónico o la imposibilidad de pactar plazos de pago superiores a los fijados en la Ley.
- Se reduce la capacidad de la Administración en la adjudicación directa de los contratos menores, que ven rebajadas sus cuantías de 50.000 a 40.000 euros en el contrato de obras, y de los anteriores 18.000 euros a los actuales 15.000 para el resto de contratos.
- Se remodulan la libertad de pactos y el contenido mínimo que debe de tener el contrato.
- Se prevén medidas anticorrupción, obligando a observar una posición activa en evitación de supuestos de fraude y corrupción, y cerrando la puerta de la contratación pública a quienes hayan sido condenados por corrupción.
- Se reforma el régimen de revisión de precios en los contratos de las Entidades del Sector Público.
Estas son algunas de las variaciones que se incorporan en la nueva Ley de Contratos del Sector Público, la cual trae un nuevo escenario jurídico para la contratación pública, haciendo imprescindible un adecuado asesoramiento que conduzca a una participación productiva en los procesos de contratación pública, de modo que se tengan garantías de éxito en la adjudicación de los contratos.
Desde el Departamento de Derecho Público de UNIVE Abogados ponemos a su disposición nuestra amplia experiencia en el sector, con la finalidad de asesorarle acerca de las novedades de la nueva Ley de Contratos del Sector Público.